Decreto Regional N.° 002-2011 GRA/GR
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GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
DECRETO REGIONAL No, 902 -2011-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR
La Presidencia del Gobierno Regional Amazonas Ha emitido el Decreto Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno Regional Amazonas, es una persona de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, y que tiene como finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.
Que, según lo dispuesto por el Artículo 24° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado con Ley N° 27902, “El Gobierno Regional realizará como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una Provincia, en la que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo.
Que, con Ordenanza Regional N° 297 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, publicado el 16 de octubre del 2011, se aprobó el Reglamento que Norma la Realización de las Audiencias Públicas 2011-2014 en el Gobierno Regional Amazonas, así como, se aprobó las fechas en que se llevarán a cabo en el presente año 2011; Reglamento que precisa en su artículo 15°, que “La convocatoria a las Audiencias Públicas Regionales será efectuada por el Presidente Regional mediante Decreto Regional precisando lugar, día y hora, con una anticipación no peCnor de veinte (20) días antes de la realización de la misma. Decreto Regional que se publicará 7 el Diario Oficial o el de mayor circulación nacional”; por lo que estando a lo normado, se debe emitir el Decreto Regional correspondiente.
Con la visación de las Oficina Regional de Asesoría Jurídica; en uso de las atribuciones conferidas a este Despacho por la Ley No. 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. modificada por Ley No. 27902;
DECRETA:
Artículo Primero: APROBAR la Convocatoria a la SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL, que se realizará en la el Distrito de Mariscal Benavides de la Provincia de Rodriguez de Mendoza, en la que se dará cuenta de los logros y avances alcanzados; Audiencia que se llevará a cabo en:
LUGAR : Coliseo “Mariscal Benavides”. DIA : 10 de diciembre de 2011. HORA : 3.00 p.m
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DECRETO REGIONAL No. 902 -2011-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR
Artículo Segundo: NOTIFÍQUESE el Presente Decreto Regional a las Instancias Internas y órganos descentralizados y desconcentrados del Gobierno Regional Amazonas; así como, PUBLÍQUESE en el Diario Oficial “El Peruano”.
Aprobado y suscrito en San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 1 7 NOV. 2011
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1758813-002-2011-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1738354/Decreto%20Regional%20N%C2%B0%20002-2011.pdf