Decreto Regional N.° 001-2020 GRA/GR
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GOB¡ERNO REGIONAL AMMONAS
chachapoyas, 1
6 MAR. 2020
VISTO:
El Acta de Acuerdos de fecha 16.09.2020, adoptado por la Comisión Multisectorial Regional de la Regiól 4T1?g1a:,_encargada de adoptar méo¡oás de prevención y controt para evitar la propagación del coVlD-19, recoñocida mediante nesolut¡on Ejecutiva neé¡oñar N" 1s12020-coBlERNO REGTONAL AMMONAS/GR, de fecha 13.03.2020, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo estipula los artlculos 191' y 192'de la Constitución polltica del peru, los Gobiernos Regionalestienen autonomfa polftica, ecónómica y administrativa en los asuntos de su
competencia; de tal forma, promueven el desarrollo y lá economla regional,
fomentan las
inversiones, actividades y.servicios públicos de su responsab¡lidáá, en armonfa con las pollticas y planes nacionales y locales de desarrollo; resultando .orpátáÁies, entre otros, para dictar las normas inherentes a la g.estión regional y fomentar las inversiones y el financiamiento para ejecución de proyectos y obras de iniraestrúctura de alcance á irp".to regionar; Que, conforme al artfculo 4'de la Ley N" 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ,:J::..::l,s1l1 de tos.gobiernos.regionates,- organizár y conducir ta gestióñ pü¡ii.a de acuerdo a sus competencias excrusivas, compaitidas y óerejaál-r, ¿; nacionales y sectoriales, para contribuir al desariollo integral y ósteniote
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;ñil#;];; -
de la región;
Que, de acuerdo al artfculo 10", numeral2) de la norma acotada, los gobiernos regionales ejercen las competencías exclusivas y compartidaique tes asigná-ta Constituáon,-tá ¡;y de Bases de la Descentralización y la presentá t-ey,'asf comb ras cám[étencias detegadáJqué acuerden entre ambos niveles de-gobierno: Competencias Compartidaé: Son Competencias Compartidas, de acuerdo al artfculo !0.' 99pública; la Ley orgánica de Baies de ta Descentratización N" 277g3, las siguientes, numeral b) Salud Que, por su parte el artfculo 49" de la Ley N" 27867, señala que las
el Gobierno Regional de Amazonas, en materia de salud, -qrá
Funciones que tiene
su numeral c) establece, coordinar las acciones salud integral en el ámbito regioñá['nümlrat "n e¡ promovár y'epcutar en
forma prioritaria las actividades de promoción y preveniión de la salud; el numerali¡-órganizar, implementar y mantener los servicios de sauá- para la preu"n.ion, ú protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinacióñ con los Gobiernos Locales; Que, los artÍculos ll y Vl del Tftulo Preliminar de la Ley N" 26842Ley General de Salud, establecen gue la protecciÓn de la salud es de interés público y qr" responsabilidad del
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3azo{,
Estado regularla, vigilafa y promover las condicion". qr" grr"núén ". una adecuada cobertura de prestaciones de salud de la población, en term¡noi socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo irrenunciable la responsabil¡daá del Estabo en la provisión de
servicios.de salud pÚblica. El Estado interviene en la provision
_grr.eg.laal principio de equidad;
áe serr¡cios de atención médica con
Que, el día 15 de mazo del presente año, se ha publicado en el Diario Oficial ,,El peruano,,, el Decreto Supremo N" 044-2020-PcM Decreto supiemo quá declara Estado de Emergencia
!qc1o13!po11as graves circunstancias que afectan ra v¡aá oLl-a Nac¡on a consecuencia del brote del coVlD-19' Asimismo, se establecen una serie de medidas adicionales y excepcionales para la población, ,eáró¡*oo ta posibitidad det incremento v^r:.:9!" ffi,"",?:'^:l"j:T::."lll:l1yid?, del nÚmero de afectados por el-covlD-19, sin áfectarsá i, piáriá.¡on de los servicios básicos, asf como la satud y alimentación de la pobtación; en rnár ¡rilOi.o, et Gobierno ñégionat de AT".t9!"t, no es ajeno a realidad, por lo que esta en la obligación de implementar las acciones
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"tt" administrativas para que los servicioi aom¡n¡strat¡vár,-"¡á.i.,0.
de prestaciones de obras,
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serv¡cios y bienes, prestac¡ones laborales de cualquier fndore contractual no se vean perjudicados y los plazos sean suspendidos en su e¡ecuciOn;
Que' elartfculo 142' delr.u.o de la Ley N'27444Ley del procedimiento Administrativo General' aprobado por D.s. N" 004-2oiéJy9,';,1"áil+z.ri*ñata to siguiente: Los prazos y términos son entendidos como máximos se com.pu.tan inoepenaLntemente de cualquier formalidad y obligan por igual a la adminishación y a los adininistr;á;;, rin l"ces¡oad de apremio, en aque¡o que respectivamente les concierne. Lós plazos para el pronunciamiento de las entidades, en los procedimientos administrativos, se contab¡l¡zan a partir del dfa siguiente de la fecha en la cual el administrado
presentó su solicitud, salvo
lr" ." naya requeiiJo'suosanación
en cuyo caso se contabilizan una vez efectuada esta. AsimLmo, el artfculo 147i-numerat 147.1)señala, que los plazos fijados por norma expresa son improrrogabtes, sarvo oisposición habilitante en contrarlo; Que' de acuerdo al D.s. N'377-201g-EF
- Modifican el Regtamento de la Ley N. 30225, N. 344-201¡]-EF, en su *r"ii.?:i:'::::':::."1"1,F:31?r ?B':p:9:4dta"l;ó;;;;tJ'éup,e,o uto 142'prevé en su numerar.142.7) cr"noó ,I'p;o;;;il#ffi!'i.1,,.iírl;tJffi:'r:Jrt:: escrito la suspensión del plazo ;l';1'l1r:,r;x'¿:':l,r:i:::::t_,-iFstac¡;G,""",."puedenacordarpor de sin que etto suponga el reconoc¡míento« "i""rrion "oniráátr"l,;;.t.J;[ñi;rffiTJrffiJ:i:f,:: 9-asto¡ generates y/o costos directos, según corresoonda sesún correspondaár at ohiarn r{o ra oo¡eto oe ¡á ¡an},^.1"^,fv:f:iániiaF1gl_r_.'aqu;Hil"JTs=uii:"r".X".t§;§H:; viabilizar la suspensión;'142.8) neiÁ¡ciáJo et ptazo o"-t¡..r.ion corresponde
a ta Entidad comunicar al contratista la modificación de las reci'ras áe;j".-ü;;;, respetando los términos en fos que se acordó la suspensión;
SP,A
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Que, conforme ar artícuro'r1" der D.s. N"
044-2020-pcM, estabrece que, durante ra vigencia del estado de emergencia, los ñin¡ster¡os y-h; ;;;ildes priblicas en sus respectivos ámbitos de competencia dicta-n tas normas que sean necesarias para cumprir el presente decreto supremo Los gobiernos. regionales y locale. .ontriouyln':a-l'cumplimiento de las medidas establecidas en er presente Dácreto sui:remo, en er marco oe sus competencias; Que' en ese marco jurfdico, a través de la comisión Multisectorial Regional de la Región Amazonas, se han recogido un pliejo ie pápuestas con la finatidáo de mantener la prestación de los servicios básicos y-la presia.Ún J" r"*¡c¡os oe ios'ii"óJüoor"s det Gobieino Regionat,
- -'¿' Gobiernos Locates y óiganós
oesconcáñtáoo.;
¡o v'
Que' el artículo 10" 9u la Ley N'27867 - Ley orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Decretos Regionales estáblecán normas regiamentarias para la ejecución de las ordenanzas Regionalei, sa.ncionan loi pióceoim¡entos nécesaiü!- p"r, ta Administración Regionat
Los Decretos Resionales I#T;,§:¿:"y:,;1"ffH,::.t f.i:1::::j1l^,:_i§,.eJuilo"no. v suscritos por ra presioÉnc¡a nég¡onái-.;;;#d1:"i:;,"T::iJX'"H[ffii::
i#i:ff9os
Estando a lo expuesto y contando con el visto bueno de la oficina Regional de Asesorta Jurrdica' la oficina Re-gionaloe Áomin¡itiaco¡, ce."nl¡a ¡iáüJniro" praneamiento, presupuesto y Acondicionamiento Ténitgrial y la ceránáá oryr-ql_án¡dü, uso de ras facurtades conferidas ,37" ,4oi v 42" iet-a-Lev N; ó,grn,"a oe Gobiárnós nesionares 3]i;?'"
;:lT;[H:::
ieó;:LJ,
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SE DECRETA:
ARTícuLo PBIMERO: DIsPoNER los lineamientos que DAN cuMpltMtENT9 at D.s. N" 044-2020-PcM, sobre la prestación oi los ."rü¡ó. oáJül] prestación de servicios de ros trabajadores del Gobierno Regional oe Ámazohas y sus diecisiete (17) Unidades Ejecutoras, Gobiernós. Locales y Órganos ó;.;;".";i;rdos, ra .dp".;ñ;'áe ros prazos de tramitación y ra
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suspens¡Ón de las labores, con la finalidad de proteger
públicos y la salud pública de nuestra jurisdicción:
integridad física de los servidores v la i
DISPONER como primera prioridad, la prestación de los servicios de salud para los casos de emergencias dentro del ámbito regional.
: SUSPÉNDASE tas labores dentro det
Qolielo leg iona I de Amazona§lEEliLcisiete I zi u r ¡J"oes Ejecutora., aárá" el 16.03.2020 hasta et 30 de marzo del presenü áná;'"*."pto ta de aqueilos servidores cuya rabor j9a p?ra asegurar er suministro de b¡enes r .firiá, «
necesarios para la PRoTEcclÓN DE LA SALUD y el funcionamiento oeios centros de salud, asf como el de las áreas de presupuestó, administración, abastecimiento, contabilidad' tesorerfa, comunicaciones y'relaciones priblicas de cada uniJao
ejecutora. Para lo cual los gerentes, directores, oá ios órganos
de lfnea
asesoramiento y apoyo de la sede y demás depeÁdencias pribTicas regionátes, desarrollaran actividades en estricto óumplimento'Oet Oecréto supremo 044-2020PCM
ala eom¡ t?b?r_Iores Ad m n s tra tiI:9!!19. voi o e se rv¡ ci os y ;Á ;; é;;;.il! l"^rcon la prestación de. sus servicios para los que fueron .ántirtroor,,=.l;ü",j "H de manera remota, para lo cual, se brindarán todas las facilidades oá la movilización de expediente o documentos que tengan a su cargo, para la finalización oel trám¡te, previa entrega de cargo. D!S
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AUTORIZAR a ta O ras r,epyngraciones'de iós traba¡adores det l::fl,1?":"fl:,:^bft,I:,jl ?1sg,d: Go.bierno.Regionár, bajo sui d-istintas mooár¡aaaes i"uoiár*
v;rffir5¿:',?J;
antes del vencimiento del mes en cunio, garantizando lá liquioez económlca en cada trabajador de esta Entidad, bajo responsabilidad.
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: SUSPÉNDASE tos ptazos de todo procedimiento administrativo generaGñ tráñG G.u.o ¿eia re)l N" izqqq_ ley der Procedimiento Administrativo Gene.rat, aprobadb por D-s. ñJ'oo¿-zol9-JUS), asf como los plazos relacionados a los piocedimientos de selección, e¡ecucíónes contractuates en er m?r9o de ra Ley de contrataciones der Estado, neéramáñio v Directivas-Regionales lnternas lAoqüisiciones de biener y."riáio. menos o iguales a ocho (8) unidades tmpositivas Tributarias urD, s¡í mayores gastos generates, adicionates y amptiaciones, para ta entidád y toJLóntiatistas.
é;";;,
tzazot
EN MATERIA DE TURlsMo, QUEDAN suspendidas
todas tas actividades de visita a los monumentos arqueorógicos, museos, atractivos naturares; asf como
funcionamiento abierto de recieos turfsticos públicos y
er
particulares, restaurantes, hoteles y centros de alojamiento, salvo aquellos que se ímptementen con la ¡nalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta.
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pdtdtl¿acton rempolat oe tos oroyectos y obras que
Gobierno Regionat Amazónai; satvo. tas
UCTURA: SE D|SPONE, ta v¡enen siendo ejecutados pór el -iiná-n"¡"r".
que e as
iÁiion"i corresponden, asegurando la permanencia del pérsonal
responiaOte de la custodia de los b¡enes de estas. A tat efbcto se acreditaráá rái ,"riiáiu, y funcionar¡os para que desptieguen sus actividades con conoc¡m¡ento ¿" rá iñp, rr"o"" niÁi¿á. V demás autor¡dades relacionadas con el cumplimiento Oe ta emáigencia
leEPq,uag: euEDAN
r".tringi@c¡onamienro
de ros
det ámbito regronat; para to cual se ¡os gobiernos locales, y demás órganos desconcentrados del gobierno "*¡,ort, " nacionar, asf como a las empresas privadas a coadyuvar normativa y ejecutivamente en la restricc¡ón
f:T::,::,,=:tres
dispuesta.
-^-.-SA '" (8" §ldJ ' ci¡!¡cu ', <ge!r/ il,',
EN, MATERIA DE RECREACIqN Y DEPORTES: QUEDAN SUSPENd|dOS tOdAS IAS -V actividades deportivas, recreativas, culturales, religiosas, O" d¡vers¡ón que representen concentración de púbr¡co "rp"i.¡.¡"nú en todo er ámb¡to regionar. A cuyo efecto ros gobrernos rocares deberán estábrecer ras acc¡ones qr"
cumpl¡miento de estas restricc¡ones.
g"r;ti."n
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ARTÍCULO SEGUNDO: DISpO_NER ta pubticación det presente Decreto Reg¡onat, en et portat web inst¡tucionar der Gob¡erno
----,
Regionar oe amarorai,'iww*.r"gion"."-ñá.
g;n.p"i, as¡mismo, hacer de conocim¡ento a ras ¿",ía. áupéno"n.a-i'iá ooo¡"rno para su Regionar, conoc¡m¡ento y fines. "'.t"
RecístRese comUNieuEsE y pueLíouese //^o?" &'o9 "
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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionamazonas/normas-legales/1143100-001-2020-gra-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1292493/DR%2001-2020%20GRA.pdf